miércoles, 2 de diciembre de 2015

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asesoriaseducativa: Conceptualización en materia de Derechos de Humano...: Conceptualización de la Discriminación en materia de Derechos de Humanos (DDHH)     Los DDHH son un conjunto de garantías que les cor...

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asesoriaseducativa: PAPEL DE LA MUJER EN LA SOCIEDAD Y COMO COADYUVANT...: Para iniciar el tema, se debe partir desde la conceptualización de la Violencia como fenómeno que aparece con el mismo hombre, evidenciándo...

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asesoriaseducativa: Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una...: 1.- ¿Por qué una Ley para las Mujeres?      Las mujeres víctimas de violencia, según la legislación venezolana y otros instrumentos juríd...

Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia

1.- ¿Por qué una Ley para las Mujeres?
     Las mujeres víctimas de violencia, según la legislación venezolana y otros instrumentos jurídicos internacionales, poseen una serie de garantías y derechos, con la intensión de que puedan dar fin a la relación violenta, al mismo tiempo, salvar su autoestima e integridad biopsicosocial. Cabe considerar, que estos Derechos son universales, porque todas las mujeres que padecen o hayan sufrido algún acto de violencia de género, tienen garantizados los mismos independientemente de su origen, religión, cultura, circunstancia personal o social, en efecto tiene derecho a la información y asesoramiento jurídico gratuito especializado para plantear su situación, bajo el principio de confidencialidad.
     En este contexto, la Ley a favor de la Mujer, es un instrumento fundamental para erradicar los niveles de violencia en su contra, motivado a que se constituye como un fenómeno histórico, el cual ha venido afectando de forma progresiva, a un sinfín de mujeres. De hecho, el Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA, 2008) ha afirmado que, en la IV Conferencia Mundial sobre las Mujeres (Pekín, 1995) se reconoció que: “la violencia contra las mujeres es un obstáculo para lograr los objetivos de igualdad, desarrollo y paz, ya que viola y menoscaba el disfrute de los derechos humanos y las libertades fundamentales de la mitad de la Humanidad”. (p. 5)
     Por estos motivos, y otros más, el Estado venezolano se vio en la imperante necesidad dar protección a las múltiples situaciones de amenazas, vulnerabilidad o riesgo para la integridad de las mujeres, así como también a sus patrimonios, el a través, de la implementación de condiciones jurídicas y administrativas, en consecuencia, las medidas adoptadas traerán una igualdad de condiciones efectivas, en virtud de ello, podrán disfrutar de sus derechos y garantías, cumpliendo con sus deberes.

¿La Ley para las mujeres viola los derechos del hombre?
    No. Porque siendo una ley especialísima, respeta los Derechos y Garantías de los Hombres de conformidad con el ordenamiento jurídico venezolano, tales como: Derecho a la defensa y el debido proceso. Además, los Operadores de Justicia, deben demostrar una conducta imparcial y de ética, apoyándose en servicios psicológicos, de un trabajo social, entre otros para sustentar el caso, verificar que realmente se produjo el delito. Por tal razón, es muy importante que las mujeres sean sensatas, justas y sinceras al momento de acudir al sistema judicial a interponer una denuncia, igualmente, comprender que al realizar denuncias falsas serán sancionadas.

¿Qué es entonces la violencia contra las mujeres?
    La violencia contra la mujer, es aquella que se produce en su contra, y al mismo tiempo, la afecta de forma desproporcionada. Significa entonces, que para poder tratar este problema, primero hay que reconocer su existencia, para ello se debe conseguir visualizarlo y definirlo, desde luego pasa a convertirse en un fenómeno social, reconocido por círculos sociales cada vez más amplios.
    De todo lo antes expuesto, pienso que la Violencia contra la Mujer, podría definirla como:  
Todo acción o acto sexista o conducta impropia, que vulnere su integridad biopsicosocial, moral o espiritual, económica y patrimonial, también abarca circunstancias despostas, de imposición o privación ilegal de la libertad, la cual puede darse en cualquiera de sus formas: Psicológica, Acoso u hostigamiento, Amenaza, Violencia física, Violencia doméstica, Violencia sexual, Acceso carnal violento, Prostitución forzada, Esclavitud sexual, Acoso sexual, Violencia laboral, Violencia patrimonial y económica, Violencia obstétrica, Esterilización forzada, Violencia mediática, Violencia institucional, Violencia simbólica, Tráfico de mujeres, niñas y adolescentes. (Conceptualización propia)


     En efecto, las consecuencias de la violencia basada en género, con frecuencia son devastadoras, y prolongadas, afectan la salud física y el bienestar mental tanto de las mujeres como las niñas, es decir, sus resultados ponen en peligro el desarrollo social de los miembros de la familia, la comunidad y de la sociedad en general.

Profa. Esp. Maria Teresa Piñero 
C.I. 10.895.239

PAPEL DE LA MUJER EN LA SOCIEDAD Y COMO COADYUVANTE DEL CAMBIO SOCIAL

Para iniciar el tema, se debe partir desde la conceptualización de la Violencia como fenómeno que aparece con el mismo hombre, evidenciándose desde civilizaciones antiguas e íntimamente sujetadas a factores sociales, económicos, políticos y religiosos, entre otros; en tal sentido, obliga a ubicarse dentro del contexto de la cultura que se pretende estudiar, pues dependiendo de la sociedad, la visión y conceptualización dada será distinta. En primer lugar, se amerita señalar lo planteado por Vacaflor (2011), en su ensayo La violencia en la Historia, que plantea lo siguiente:
Discursos de violencia en un sentido amplio, son todos los textos religiosos, como la Biblia, El Corán, la Ilíada, el Popohl Vuh, etc. y otros tantos monumentos literarios. No es necesario que tales discursos no inciten directamente a la violencia: basta que divida a los seres humanos entre réprobos y elegidos o ponga en práctica criterios para su discriminación. Tanto en los tiempos antiguos como en los contemporáneos estos discursos casi constituyen la mayoría de los que se consumen en nuestras sociedades. Las Ciencias Sociales, por ejemplo, registran por millares discursos que establecen pautas discriminatorias y excluyentes. (pág. 2)

Por otro lado, en las Sociedades China e Hindú, el infanticidio era un método de control de la natalidad, mientras que, en otras sociedades las niñas eran sacrificadas por no contribuir a la economía familiar. Tanto es así, que a lo largo de la historia, el patriarcado, ha puesto el poder en manos de maridos y padres en cualquier relación conyugal o de pareja. El suttee entre los hindúes (ritual que exige a la viuda se ofrezca en la pira funeraria de su marido), los matrimonios concertados entre los musulmanes, que pueden llevar al asesinato o a la tortura de la mujer, al mismo tiempo, la esclavitud doméstica en el nuevo hogar indican la presencia endémica de sexismo y violencia doméstica masculina.
Sin lugar a dudas, por el número de víctimas y las secuelas que produce, la violencia contra la mujer ha adquirido un carácter endémico, convirtiéndose en un serio problema de salud pública en varios países. Además de heridas y muerte, esta situación trae consigo un sinnúmero de problemas sociales, educativos, psicológicos y culturales, entre otros. De aquí que, el Estado venezolano ha presentado como un gran avance con la promulgación de Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una vida libre de Violencia (2007), la cual otorga una garantía de protección por parte del Estado, a través de la implementación y aplicación efectiva de normas jurídicas de obligatorio cumplimiento tanto para los órganos administrativos, como para los órganos jurisdiccionales, cuya función sea la protección de los derechos de las mujeres, al mismo tiempo, la promoción de esos derechos y sus mecanismos de defensa.

Desde esta perspectiva, la Mujer ha adquirido un puesto esencial dentro de la sociedad, logrando alcanzar igualdad de condiciones en el ámbito laboral, político, educativo, entre otros contextos, en consecuencia, consiguió participación dentro de los procesos de cambio en el país cooperando al desarrollo cultural, científico, legislativo, asumiendo cargos como Parlamentarias, Empresarias, Gerencia dentro de los Organismos Públicos, Rectoras de Universidades, hoy día la mujer estudia, trabaja no solo se quedó dentro del hogar sino que contribuye a su manutención, inclusive muchas se han quedado sola al mando de la familia, en consecuencia, tiene la posibilidad de gozar un nivel de independencia económica, personal y socio-cultural.  
Hechas las consideraciones anteriores, se destaca que en la trasformación de roles, también la mujer es determinante, pues, se observa, en caso contados que el hombre colabora con los quehaceres del hogar, o sea, está propulsando un reequilibrio en los roles tradicionales, tarea difícil décadas atrás, hoy por hoy, muchas mujeres pueden decidir el número de hijos a procrear, el método de planificación familiar a utilizar, disfrutar de las sexualidad, sin confundir libertad con libertinaje; son pasos que con esfuerzo, dedicación, preparación y actitud positiva se han adquirido satisfactoriamente, sin embargo, el proceso de confrontación hacia la mujer continúa, en la intimidad de muchos hogares, empleos y comunidades.
Por ello, el cambio de paradigma debe fortalecerse, así la mujer podrá disponer de tiempo para sí misma, tener más posibilidades de elección y mayores oportunidades de mejorar la calidad y nivel de vida, tanto para ellas como sus hijos, de hecho, también hay caso de empresas privadas que vienen patrocinando créditos comerciales para Mujeres Emprendedoras, claro ejemplo de su lugar en la producción del país. En suma de cuentas, todas estas acciones indican el papel asertivo de la mujer dentro de la sociedad y coadyuvante  del cambio social contemporáneo. Quiero terminar con unas palabras sabias de nuestro Pontífice Juan Pablo II (+), El perfil de la mujer presentado por Juan Pablo II en sus escritos:

El hombre –ya sea varón o mujer– es persona igualmente; en efecto, ambos han sido creados a imagen y semejanza del Dios personal... El texto bíblico proporciona bases suficientes para reconocer la igualdad esencial entre el hombre y la mujer desde el punto de vista de su humanidad… Aquellas situaciones en las que la mujer se encuentra en desventaja o discriminada por el hecho de ser mujer (...) expresan la herencia del pecado que todos los seres humanos llevan en sí. Los libros de la Sagrada Escritura confirman en diversos puntos la existencia efectiva de tales situaciones y proclaman al mismo tiempo la necesidad de convertirse.  (Mulieris Dignitatem, vocación y dignidad de la mujer, p. 7)


PROFA. ESP. PIÑERO SUÁREZ MARÍA TERESA

C.I. 10895239

Conceptualización en materia de Derechos de Humanos (DDHH)

Conceptualización de la Discriminación en materia de
Derechos de Humanos (DDHH)

    Los DDHH son un conjunto de garantías que les corresponden a cada persona, simplemente, por el hecho de ser humano, se consagran desde la fecundación hasta la muerte, sin distinción alguna. Por tanto, cuando alguno de esos derechos o garantías es violentado o amenazado por una condición específica, se habla de Discriminación, por ejemplo: No te contratan en un empleo por orientación sexual, partido político, condición física, entre otros factores más. Agrego además, que discriminación de DDHH es cuando eres víctima de acciones humillantes, cuando te coartan el libre desarrollo de la personalidad, no dan valor a tus habilidades y destrezas, entre otros hechos más. (Conceptualización propia).

Conceptualización de la Discriminación de los Derechos de la Mujer

    “La Discriminación hacia la Mujer se produce cuando por alguna condición o situación de desventaja sea física, emocional, psicológica o moral, se le impide disfrutar o ejercer sus derechos como garantías en Igualdad de condiciones y posibilidades, dentro del ámbito familiar, comunitario, laboral, religioso, social; en fin, toda acción que vulnere su integridad biopsicosocial” . Tomando en cuenta, que la discriminación de la Mujer se ha originado desde civilizaciones antiguas, y está arraigado a los estilos de crianza, patrones, costumbres entre otros factores más. De allí, radica la importancia de saber diferenciarlo, abordarlo, prevenirlo y obviamente realizar la denuncia correspondiente, romper con los mitos y hacer valer los Derechos con dignidad. (Conceptualización propia).

Profa. Esp. María Teresa Piñero
C.I. 10.895.239