miércoles, 2 de diciembre de 2015
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asesoriaseducativa: Conceptualización en materia de Derechos de Humano...: Conceptualización de la Discriminación en materia de Derechos de Humanos (DDHH) Los DDHH son un conjunto de garantías que les cor...
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asesoriaseducativa: PAPEL DE LA MUJER EN LA SOCIEDAD Y COMO COADYUVANT...: Para iniciar el tema, se debe partir desde la conceptualización de la Violencia como fenómeno que aparece con el mismo hombre, evidenciándo...
asesoriaseducativa: Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una...
asesoriaseducativa: Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una...: 1.- ¿Por qué una Ley para las Mujeres? Las mujeres víctimas de violencia, según la legislación venezolana y otros instrumentos juríd...
Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia
1.- ¿Por qué una Ley para las Mujeres?
Las mujeres víctimas de violencia, según
la legislación venezolana y otros instrumentos jurídicos internacionales,
poseen una serie de garantías y derechos, con la intensión de que puedan dar
fin a la relación violenta, al mismo tiempo, salvar su autoestima e integridad
biopsicosocial. Cabe considerar, que estos Derechos son universales, porque
todas las mujeres que padecen o hayan sufrido algún acto de violencia de
género, tienen garantizados los mismos independientemente de su origen,
religión, cultura, circunstancia personal o social, en efecto tiene derecho a
la información y asesoramiento jurídico gratuito especializado para plantear su
situación, bajo el principio de confidencialidad.
En este contexto, la Ley a favor de la
Mujer, es un instrumento fundamental para erradicar los niveles de violencia en
su contra, motivado a que se constituye como un fenómeno histórico, el cual ha
venido afectando de forma progresiva, a un sinfín de mujeres. De hecho, el Fondo
de Población de las Naciones Unidas (UNFPA, 2008) ha afirmado que, en la IV
Conferencia Mundial sobre las Mujeres (Pekín, 1995) se reconoció que: “la violencia
contra las mujeres es un obstáculo para lograr los objetivos de igualdad, desarrollo
y paz, ya que viola y menoscaba el disfrute de los derechos humanos y las
libertades fundamentales de la mitad de la Humanidad”. (p. 5)
Por estos motivos, y otros más, el Estado venezolano
se vio en la imperante necesidad dar protección a las múltiples situaciones de amenazas,
vulnerabilidad o riesgo para la integridad de las mujeres, así como también a
sus patrimonios, el a través, de la implementación de condiciones jurídicas y
administrativas, en consecuencia, las medidas adoptadas traerán una igualdad de
condiciones efectivas, en virtud de ello, podrán disfrutar de sus derechos y garantías,
cumpliendo con sus deberes.
¿La Ley para las mujeres viola los derechos del hombre?
No. Porque siendo una ley
especialísima, respeta los Derechos y Garantías de los Hombres de conformidad
con el ordenamiento jurídico venezolano, tales como: Derecho a la defensa y el
debido proceso. Además, los Operadores de Justicia, deben demostrar una conducta
imparcial y de ética, apoyándose en servicios psicológicos, de un trabajo
social, entre otros para sustentar el caso, verificar que realmente se produjo
el delito. Por tal razón, es muy importante que las mujeres sean sensatas,
justas y sinceras al momento de acudir al sistema judicial a interponer una
denuncia, igualmente, comprender que al realizar denuncias falsas serán
sancionadas.
¿Qué es entonces la violencia contra las mujeres?
La violencia contra la mujer, es aquella
que se produce en su contra, y al mismo tiempo, la afecta de forma
desproporcionada. Significa entonces, que para poder tratar este problema,
primero hay que reconocer su existencia, para ello se debe conseguir
visualizarlo y definirlo, desde luego pasa a convertirse en un fenómeno social,
reconocido por círculos sociales cada vez más amplios.
De todo lo antes expuesto, pienso que la
Violencia contra la Mujer, podría definirla como:
Todo acción o acto sexista o conducta impropia, que
vulnere su integridad biopsicosocial, moral o espiritual, económica y
patrimonial, también abarca circunstancias despostas, de imposición o privación
ilegal de la libertad, la cual puede darse en cualquiera de sus formas:
Psicológica, Acoso u hostigamiento, Amenaza, Violencia física, Violencia
doméstica, Violencia sexual, Acceso carnal violento, Prostitución forzada,
Esclavitud sexual, Acoso sexual, Violencia laboral, Violencia patrimonial y
económica, Violencia obstétrica, Esterilización forzada, Violencia mediática, Violencia
institucional, Violencia simbólica, Tráfico de mujeres, niñas y adolescentes. (Conceptualización
propia)
En efecto, las consecuencias de la
violencia basada en género, con frecuencia son devastadoras, y prolongadas,
afectan la salud física y el bienestar mental tanto de las mujeres como las
niñas, es decir, sus resultados ponen en peligro el desarrollo social de los
miembros de la familia, la comunidad y de la sociedad en general.
Profa. Esp. Maria Teresa Piñero
C.I. 10.895.239
PAPEL DE LA MUJER EN LA SOCIEDAD Y COMO COADYUVANTE DEL CAMBIO SOCIAL
Para iniciar el tema, se debe partir desde la conceptualización de la
Violencia como fenómeno que aparece con el mismo hombre, evidenciándose desde
civilizaciones antiguas e íntimamente sujetadas a factores sociales,
económicos, políticos y religiosos, entre otros; en tal sentido, obliga a
ubicarse dentro del contexto de la cultura que se pretende estudiar, pues
dependiendo de la sociedad, la visión y conceptualización dada será distinta.
En primer lugar, se amerita señalar lo planteado por Vacaflor (2011), en su
ensayo La violencia en la Historia, que plantea lo siguiente:
Discursos de violencia en un sentido amplio, son todos
los textos religiosos, como la Biblia, El Corán, la Ilíada, el Popohl Vuh, etc.
y otros tantos monumentos literarios. No es necesario que tales discursos no
inciten directamente a la violencia: basta que divida a los seres humanos entre
réprobos y elegidos o ponga en práctica criterios para su discriminación. Tanto
en los tiempos antiguos como en los contemporáneos estos discursos casi
constituyen la mayoría de los que se consumen en nuestras sociedades. Las
Ciencias Sociales, por ejemplo, registran por millares discursos que establecen
pautas discriminatorias y excluyentes. (pág. 2)
Por otro lado, en las Sociedades China e Hindú, el infanticidio era un
método de control de la natalidad, mientras que, en otras sociedades las niñas
eran sacrificadas por no contribuir a la economía familiar. Tanto es así, que a
lo largo de la historia, el patriarcado, ha puesto el poder en manos de maridos
y padres en cualquier relación conyugal o de pareja. El suttee entre los
hindúes (ritual que exige a la viuda se ofrezca en la pira funeraria de su
marido), los matrimonios concertados entre los musulmanes, que pueden llevar al
asesinato o a la tortura de la mujer, al mismo tiempo, la esclavitud doméstica
en el nuevo hogar indican la presencia endémica de sexismo y violencia
doméstica masculina.
Sin lugar a dudas, por el número de víctimas y las secuelas que produce, la
violencia contra la mujer ha adquirido un carácter endémico, convirtiéndose en
un serio problema de salud pública en varios países. Además de heridas y
muerte, esta situación trae consigo un sinnúmero de problemas sociales,
educativos, psicológicos y culturales, entre otros. De aquí que, el Estado venezolano ha presentado como un
gran avance con la promulgación de Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres
a una vida libre de Violencia (2007), la cual otorga una garantía de protección
por parte del Estado, a través de la implementación y aplicación efectiva de
normas jurídicas de obligatorio cumplimiento tanto para los órganos
administrativos, como para los órganos jurisdiccionales, cuya función sea la
protección de los derechos de las mujeres, al mismo tiempo, la promoción de
esos derechos y sus mecanismos de defensa.
Desde esta perspectiva, la Mujer ha adquirido un puesto esencial dentro de
la sociedad, logrando alcanzar igualdad de condiciones en el ámbito laboral,
político, educativo, entre otros contextos, en consecuencia, consiguió participación
dentro de los procesos de cambio en el país cooperando al desarrollo cultural,
científico, legislativo, asumiendo cargos como Parlamentarias, Empresarias, Gerencia
dentro de los Organismos Públicos, Rectoras de Universidades, hoy día la mujer
estudia, trabaja no solo se quedó dentro del hogar sino que contribuye a su
manutención, inclusive muchas se han quedado sola al mando de la familia, en
consecuencia, tiene la posibilidad de gozar un nivel de independencia
económica, personal y socio-cultural.
Hechas las consideraciones anteriores, se destaca que en la trasformación
de roles, también la mujer es determinante, pues, se observa, en caso contados
que el hombre colabora con los quehaceres del hogar, o sea, está propulsando un
reequilibrio en los roles tradicionales, tarea difícil décadas atrás, hoy por
hoy, muchas mujeres pueden decidir el número de hijos a procrear, el método de planificación
familiar a utilizar, disfrutar de las sexualidad, sin confundir libertad con
libertinaje; son pasos que con esfuerzo, dedicación, preparación y actitud
positiva se han adquirido satisfactoriamente, sin embargo, el proceso de
confrontación hacia la mujer continúa, en la intimidad de muchos hogares,
empleos y comunidades.
Por ello, el cambio de paradigma debe fortalecerse, así la mujer podrá
disponer de tiempo para sí misma, tener más posibilidades de elección y mayores
oportunidades de mejorar la calidad y nivel de vida, tanto para ellas como sus
hijos, de hecho, también hay caso de empresas privadas que vienen patrocinando
créditos comerciales para Mujeres Emprendedoras, claro ejemplo de su lugar en
la producción del país. En suma de cuentas, todas estas acciones indican el
papel asertivo de la mujer dentro de la sociedad y coadyuvante del cambio social contemporáneo. Quiero
terminar con unas palabras sabias de nuestro Pontífice Juan Pablo II (+), El
perfil de la mujer presentado por Juan Pablo II en sus escritos:
El hombre –ya sea varón o mujer– es persona igualmente; en efecto, ambos
han sido creados a imagen y semejanza del Dios personal... El texto bíblico
proporciona bases suficientes para reconocer la igualdad esencial entre el
hombre y la mujer desde el punto de vista de su humanidad… Aquellas situaciones
en las que la mujer se encuentra en desventaja o discriminada por el hecho de
ser mujer (...) expresan la herencia del pecado que todos los seres humanos
llevan en sí. Los libros de la Sagrada Escritura confirman en diversos puntos
la existencia efectiva de tales situaciones y proclaman al mismo tiempo la
necesidad de convertirse. (Mulieris
Dignitatem, vocación y dignidad de la mujer, p. 7)
PROFA. ESP. PIÑERO SUÁREZ MARÍA TERESA
C.I. 10895239
Conceptualización en materia de Derechos de Humanos (DDHH)
Conceptualización de la Discriminación en materia de
Derechos de Humanos (DDHH)
Los DDHH son un conjunto de garantías que
les corresponden a cada persona, simplemente, por el hecho de ser humano, se
consagran desde la fecundación hasta la muerte, sin distinción alguna. Por
tanto, cuando alguno de esos derechos o garantías es violentado o amenazado por
una condición específica, se habla de Discriminación, por ejemplo: No te
contratan en un empleo por orientación sexual, partido político, condición
física, entre otros factores más. Agrego además, que discriminación de DDHH es
cuando eres víctima de acciones humillantes, cuando te coartan el libre desarrollo
de la personalidad, no dan valor a tus habilidades y destrezas, entre otros
hechos más. (Conceptualización propia).
Conceptualización de la Discriminación de los Derechos de
la Mujer
“La Discriminación hacia la Mujer se
produce cuando por alguna condición o situación de desventaja sea física,
emocional, psicológica o moral, se le impide disfrutar o ejercer sus derechos
como garantías en Igualdad de condiciones y posibilidades, dentro del ámbito
familiar, comunitario, laboral, religioso, social; en fin, toda acción que
vulnere su integridad biopsicosocial” . Tomando en cuenta, que la
discriminación de la Mujer se ha originado desde civilizaciones antiguas, y
está arraigado a los estilos de crianza, patrones, costumbres entre otros
factores más. De allí, radica la importancia de saber diferenciarlo, abordarlo,
prevenirlo y obviamente realizar la denuncia correspondiente, romper con los
mitos y hacer valer los Derechos con dignidad. (Conceptualización propia).
Profa. Esp. María Teresa Piñero
C.I. 10.895.239
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