miércoles, 2 de diciembre de 2015

Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia

1.- ¿Por qué una Ley para las Mujeres?
     Las mujeres víctimas de violencia, según la legislación venezolana y otros instrumentos jurídicos internacionales, poseen una serie de garantías y derechos, con la intensión de que puedan dar fin a la relación violenta, al mismo tiempo, salvar su autoestima e integridad biopsicosocial. Cabe considerar, que estos Derechos son universales, porque todas las mujeres que padecen o hayan sufrido algún acto de violencia de género, tienen garantizados los mismos independientemente de su origen, religión, cultura, circunstancia personal o social, en efecto tiene derecho a la información y asesoramiento jurídico gratuito especializado para plantear su situación, bajo el principio de confidencialidad.
     En este contexto, la Ley a favor de la Mujer, es un instrumento fundamental para erradicar los niveles de violencia en su contra, motivado a que se constituye como un fenómeno histórico, el cual ha venido afectando de forma progresiva, a un sinfín de mujeres. De hecho, el Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA, 2008) ha afirmado que, en la IV Conferencia Mundial sobre las Mujeres (Pekín, 1995) se reconoció que: “la violencia contra las mujeres es un obstáculo para lograr los objetivos de igualdad, desarrollo y paz, ya que viola y menoscaba el disfrute de los derechos humanos y las libertades fundamentales de la mitad de la Humanidad”. (p. 5)
     Por estos motivos, y otros más, el Estado venezolano se vio en la imperante necesidad dar protección a las múltiples situaciones de amenazas, vulnerabilidad o riesgo para la integridad de las mujeres, así como también a sus patrimonios, el a través, de la implementación de condiciones jurídicas y administrativas, en consecuencia, las medidas adoptadas traerán una igualdad de condiciones efectivas, en virtud de ello, podrán disfrutar de sus derechos y garantías, cumpliendo con sus deberes.

¿La Ley para las mujeres viola los derechos del hombre?
    No. Porque siendo una ley especialísima, respeta los Derechos y Garantías de los Hombres de conformidad con el ordenamiento jurídico venezolano, tales como: Derecho a la defensa y el debido proceso. Además, los Operadores de Justicia, deben demostrar una conducta imparcial y de ética, apoyándose en servicios psicológicos, de un trabajo social, entre otros para sustentar el caso, verificar que realmente se produjo el delito. Por tal razón, es muy importante que las mujeres sean sensatas, justas y sinceras al momento de acudir al sistema judicial a interponer una denuncia, igualmente, comprender que al realizar denuncias falsas serán sancionadas.

¿Qué es entonces la violencia contra las mujeres?
    La violencia contra la mujer, es aquella que se produce en su contra, y al mismo tiempo, la afecta de forma desproporcionada. Significa entonces, que para poder tratar este problema, primero hay que reconocer su existencia, para ello se debe conseguir visualizarlo y definirlo, desde luego pasa a convertirse en un fenómeno social, reconocido por círculos sociales cada vez más amplios.
    De todo lo antes expuesto, pienso que la Violencia contra la Mujer, podría definirla como:  
Todo acción o acto sexista o conducta impropia, que vulnere su integridad biopsicosocial, moral o espiritual, económica y patrimonial, también abarca circunstancias despostas, de imposición o privación ilegal de la libertad, la cual puede darse en cualquiera de sus formas: Psicológica, Acoso u hostigamiento, Amenaza, Violencia física, Violencia doméstica, Violencia sexual, Acceso carnal violento, Prostitución forzada, Esclavitud sexual, Acoso sexual, Violencia laboral, Violencia patrimonial y económica, Violencia obstétrica, Esterilización forzada, Violencia mediática, Violencia institucional, Violencia simbólica, Tráfico de mujeres, niñas y adolescentes. (Conceptualización propia)


     En efecto, las consecuencias de la violencia basada en género, con frecuencia son devastadoras, y prolongadas, afectan la salud física y el bienestar mental tanto de las mujeres como las niñas, es decir, sus resultados ponen en peligro el desarrollo social de los miembros de la familia, la comunidad y de la sociedad en general.

Profa. Esp. Maria Teresa Piñero 
C.I. 10.895.239

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