sábado, 30 de mayo de 2015

CONCEPTOS SOBRE PRINCIPALES MECANISMOS DE PROTECCIÓN NACIONAL EN MATERIA DE TRANSGRESIÓN DE DERECHOS HUMANOS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EDUCACIÓN EN DERECHOS HUMANOS
PROGRAMA DE FORMACIÓN EN DERECHOS HUMANOS
EN LA FRONTERA COLOMBO VENEZOLANA


MÓDULO II

CONCEPTOS SOBRE PRINCIPALES MECANISMOS DE PROTECCIÓN NACIONAL EN MATERIA DE TRANSGRESIÓN
DE DERECHOS HUMANOS


Conceptos
     Se entiende por grupos vulnerables a todos aquellos que, ya sea por su edad, raza, sexo, condición económica, características físicas, circunstancia cultural o política, se encuentran en mayor riesgo de que sus derechos sean violentados. Disponible en: www.cndh.org.mx/principal/document/derechos/frderech.htm
     En otras palabras, el grupo vulnerable es aquel que por alguna característica, como la edad, la raza, en nuestro caso el sexo, se encuentran en mayor riesgo de que sus derechos humanos sean violados. Para proteger a dichos grupos se ha hecho necesario establecer en instrumentos concretos para cada grupo, a veces convencionales y a veces no, derechos, medidas y políticas específicas.
     En este orden de ideas, podemos establecer una clasificación de las vulnerabilidades, que consiste en identificarlas como
a. Vulnerabilidad por idiosincrasia.
b. Vulnerabilidad natural.
c. Vulnerabilidad por recursos.
d. Vulnerabilidad social.
e. Vulnerabilidad cultural. (Marshal Stirling, Sandra E., 1993, p. 377)
     Entre las causas que inciden en la existencia de vulnerabilidad, podemos mencionar en primer término:
a. Falta de igualdad de oportunidades.
b. Incapacidad para satisfacer las necesidades.
c. Desnutrición y enfermedad.
d. Incapacidad para acceder a los servicios públicos.
e. Marginación.
     Desde essta perspectiva, se dice que la vulnerabilidad tiene su origen a partir de la reunión de factores internos y externos que al combinarse disminuyen o anulan la capacidad que tiene una persona, grupo o comunidad para enfrentar una situación determinada que les ocasione un daño, y más aún, para recuperarse de él. (Espinosa, p. 11)

Características de la Vulnerabilidad
Podemos decir que la vulnerabilidad se manifiesta de tres formas:
1.    Multidimensional: porque se manifiesta tanto en distintas personas como en grupos determinados o identificados por características comunes, así como en comunidades, objetos en los que la vulnerabilidad se manifiesta de diferentes formas y a su vez en diversas modalidades.
2.    Integral: porque la existencia de la misma, por cualquiera de las causas que le dan origen, implica la afectación no de uno sino de varios de los aspectos de la vida de las personas que la sufren.
3.    Progresiva: debido a que como una situación lleva a la otra, como en un efecto dominó, ésta se acumula y aumenta en intensidad, lo que provoca consecuencias cada vez más graves en la vida de quienes sufren de alguna causa de vulnerabilidad y sus consecuencias, lo que propicia el surgimiento de nuevos problemas y a un aumento de la gravedad de la vulnerabilidad, por lo que esta condición se vuelve cíclica. (Espinosa, p. 10).

¿Quiénes son Vulnerables?
     Tradicionalmente se han considerado como personas o grupos vulnerables a los siguientes:
a. Mujeres
b. Niños, niñas y adolescentes
c. Personas de la tercera edad
d. Personas con discapacidades o diversidad funcional
e. Grupos y/o Pueblos Indígenas u originarios
f. Personas en pobreza extrema
g. Minorías sexuales (homosexuales, bisexuales, transgéneros e intersexuales)
h. Personas migrantes y/o refugiados
i. Minorías étnicas y/o religiosas
j. Personas con enfermedades infecto contagiosas
k. En general todos aquellos sectores desprotegidos jurídicamente dentro de un Estado. (González, p. 227).

Discriminación
     Es el acto de separar o formar grupos de gentes a partir de un criterio o criterios  determinados. En su sentido más amplio, la discriminación es una manera de ordenar y clasificar. Puede referirse a cualquier ámbito, y puede utilizar cualquier criterio.
1.    La discriminación se denomina positiva cuando:
     Observa las diferencias entre grupos de individuos.
      Favorece a un grupo de individuos de acuerdo a sus características y/o circunstancias sin perjudicar de ninguna manera a otro/s.
2.    La discriminación se denomina negativa cuando:
     Realiza un prejuicio con base en oposición a las basadas en las observaciones científicas.

Tipos de Discriminación
ü  Racismo.
ü  Homofobia o rechazo a las orientaciones sexuales distintas a las mayoritarias.
ü  Discriminación a personas discapacitadas o enfermos.
ü  Discriminación a las mujeres (machismo).
ü  Diferenciación según el estrato social.
ü  Discriminación religiosa.

Exclusión Social
     Exclusión social se define por la imposibilidad o dificultad intensa de acceder a los mecanismos de desarrollo personal e inserción socio-comunitaria y a los sistemas preestablecidos de protección. Los grandes factores generadores de exclusión que operan con determinantes magnitudes en la estructura de la exclusión. Sería la fragmentación tridimensional de la sociedad, caracterizada en tres planos:
     a) la diversificación étnica derivada de emigraciones de los países más pobres, generadora a falta de políticas potentes de multiculturalidad e inserción de un escenario de precarización múltiple (legal, económica, relacional y familiar) de un buen número de colectivos inmigrantes;
     b) la alteración de la pirámide de edades, con incremento de las tasas de dependencia demográfica, a menudo ligadas a estados de dependencia física;
     c) la pluralidad de formas de convivencia familiar con incremento de la monoparentalidad en capas medias y populares. La erosión de la familia patriarcal clásica, junto a la debilidad de las políticas públicas de educación infantil y de atención a la vejez, y junto a las aún fuertes dificultades de articulación entre esfera doméstica y empleo de calidad, propician nuevas dinámicas de riesgo social en amplios colectivos de mujeres.
     Para proteger a grupos vulnerables se ha hecho necesario establecer en instrumentos concretos para cada grupo, a veces convencionales y a veces no, derechos, medidas y políticas específicas. Podemos afirmar que los grupos vulnerables representan a los sectores más desfavorecidos y débiles de la sociedad en la que se encuentran.


Principales mecanismos de Protección Nacional en materia de transgresión de Derechos Humanos

Grupos mayormente Vulnerables

1.- Mujeres
1.1 Instrumento Jurídico:
1.    Ley de Igualdad de oportunidades para la Mujer (1999)
2.    Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una vida libre de violencia (2007).
3.    La Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1993.

1.2 En el Sistema de Protección Internacional:
1.    Carta de las Naciones Unidas (1945)
2.    Programas:
Ø  El Fondo de Desarrollo de las Naciones Unidas para la Mujer (UNIFEM)
Ø  Organización de Naciones Unidas creada para promover la Igualdad de Género y el Empoderamiento de la Mujer (ONU)
Ø  División para el Adelanto de la Mujer (DAW)
Ø  Instituto Internacional de Investigación y Capacitación para la Promoción de la Mujer (INSTRAW).
Ø  Fondo de Desarrollo de las Naciones Unidas para la Mujer (UNIFEM).
Ø  Oficina de la Asesora Especial en Cuestiones de Género y Adelanto de la Mujer (OSAGI).

1.3 En el sistema de Protección Nacional Venezolano:
1.    Instituto Nacional de la MUJER (INMUJER, 1999)
2.    Ministerio del Poder Popular para la Mujer y la Igualdad de Género (MinMujer, 2009)
3.    Programas:  
Ø  0800-MUJERES
Ø  Programa “La Patria es una Mujer”
Ø  Centro de Atención y Formación Integral de la Mujer (CAFIM)
Ø  45 Organizaciones No gubernamentales, agrupadas en el Observatorio Venezolano de los Derechos Humanos de las Mujeres.

2.- Niños, Niñas y Adolescentes.
2.1 Instrumento Jurídico:
Ley Orgánica de Niños, Niñas y Adolescentes (LOPNNA, 2007)

2.2 En el Sistema de Protección Internacional:
1.    Declaración de los Derechos del Niño (1959)
2.    Convención sobre los Derechos del Niño (1989).
3.    Programas o instituciones:  
Ø  Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF)
Ø  El Relator Especial sobre la Venta de Niños, la Prostitución Infantil y la utilización de niños en la pornografía.
Ø  El Representante del Secretario General de la ONU sobre la Cuestión de los Niños y los Conflictos Armados.
Ø  Save the Children es la organización independiente líder en la defensa de los derechos de la infancia en todo el mundo.

2.3 En el Sistema de Protección Nacional Venezolano:
Consejo Nacional de Derechos del Niño y del Adolescente (CNDNA)
Consejo Municipal de Derechos del Niño y del Adolescente (CMDNA)
Consejos de Protección del Niño, Niña y Adolescente (CPNNA)


3.- Personas de la tercera edad o adultos mayores

3.1 Instrumentos Jurídicos:
1.    Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948)    
2.    Pacto de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales de 1966

3.2 En el Sistema de Protección Nacional venezolano
1.    Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999) establece:
2.    Ley que crea la Gran Misión en Amor Mayor (2011).
3.    Ley que crea la Comisión Presidencial denominada Órgano Superior de la Gran Misión en Amor Mayor Venezuela.
4.    Organización no gubernamental Organización venezolana de adultos mayores (OVAM),

4.- Personas con discapacidad, diversidad funcional o necesidades especiales.
4.1 Instrumentos Jurídicos:
1.    Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999)
2.    Convención sobre los Derechos de Personas con Discapacidad (2006)
3.    Ley para las Personas con Discapacidad (2007)

4.2 En el Sistema de Protección Internacional
Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CRPD, 2008)

4.3 En el Sistema de Protección Nacional:
1.    Consejo Nacional para la Integración de Personas Incapacitadas (CONAPI), regida por la Ley para la Integración de Personas Incapacitadas (LIPI).
2.    Consejo Estadal para la Atención Integral de Personas con Discapacidad (CEAPDIS) y el Consejo Municipal para la Atención Integración de las Personas con Discapacidad (COMAPDIS),

Mecanismos de Protección Constitucional de los Derechos Humanos en Venezuela

1.- Acción de Amparo Constitucional:
1.    Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999)
2.    Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales (2014)

2.- Acción de Habeas Corpus:
1.    Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999), 
2.    Código Civil (1989)
3.    Código Penal (2005)
4.    Código Orgánico Procesal Penal (2012).

3.- Acción del Hábeas Data:
1.    Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999)
2.       Ley Orgánica de la Administración Pública (2014)
3.    Ley Orgánica de la Función Pública de Estadística (2001)

4.- El Recurso Contenciosos Administrativo

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999)




PARTICIPANTE:
PROFA. ESP. PIÑERO SUÁREZ MARÍA TERESA,
C.I. 10895239
                                                                                                             ACARIGUA, MAYO DEL 2015
           

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