miércoles, 8 de septiembre de 2021

7 de Septiembre: Día de los Derechos Cívicos de la Mujer

La celebración de este día, surge por promulgación de la Ley número 12391 el 7 de septiembre de 1955, que daba derecho de ciudadanía a la mujer en Perú, lo que significa, ejercer el derecho a elegir y ser elegidas. De modo tal, que estas primeras luchas se dieron en el área educativa, luego el ámbito laboral y los derechos cívicos. Posteriormente, asumido por otros países de América Latina, en esta medida, se ha impulsado la toma de conciencia sobre la importancia de la población femenina en el desarrollo y apertura democrática del país.

Cabe considera, que los derechos de las mujeres, adolescentes y niñas, deben ser asumidos derechos humanos, porque abarcan todos los aspectos de la vida: salud, educación, participación política, bienestar económico, no ser objeto de violencia, entre otros. En consecuencia, les asiste el disfrute pleno, en condiciones de igualdad, vivir libres de todas las formas de discriminación: hecho fundamental para el logro de la paz, seguridad y desarrollo sostenible.

Desde esta visión, en Venezuela surgió un Reglamento Especial para garantizar la Paridad de Género en Elecciones de Diputados a la Asamblea Nacional (2020), en efecto, dentro del informe se demostró el incumplimiento de la paridad de género, como parte del patrón de irregularidades electorales: 23 Partidos Políticos no cumplieron con el criterio de género ni paridad, mientras, que para la  Lista Nacional, apenas 3 cumplieron con el criterio de paridad (El Cambio, Pro ciudadanos y UPP8), Ninguno cumplió con el criterio de alternabilidad.

En esta línea, el 28 de junio de presente año, se promulga el Reglamento Especial para Garantizar los Derechos de Participación Paritaria, Alterna y Política, de Legisladores o Legisladoras, Concejales y Concejalas, en las Elecciones Regionales y Municipales 2021; además del instructivo sobre la aplicación de esta normativa. Podríamos decir entonces, que la mujer ha alcanzado un lugar dentro de la democracia y participación política, con nuestro derecho al voto, a sus vez,  gozar de paridad de género en los cargos de representación popular.

No obstante, ha sido una conquista frágil, víctimas de conductas misóginas machista, incluso, guerra titánica para alcanzar tales postulaciones, siendo urgente impulsar la construcción histórica social - cultural, cuando hablamos de DDHH de la Mujeres, en el seno de algunos sectores políticos, no existe una intención genuina de abordar el tema de igualdad de género y participación paritaria en Venezuela. 

 Sobre este tema fue consultada Beatriz Borges (2021), directora del Centro de Justicia y Paz (Cepaz), para quien al margen de lo que establezcan los instructivos, es importante trabajar a nivel de las estructuras partidarias. Si bien la militancia de las mujeres en la base de los partidos es amplia, en las dirigencias prevalecen los liderazgos masculinos. “En los partidos hay estructuras jerárquicas muy machistas”. Significa, que existe un reto importante, para lograr presencia en la agenda de las mujeres dentro del dossier de políticas públicas.

Ahora bien ¿Cuáles son esos derechos cívicos? Las primeras luchas se dieron en el área educativa, luego controversias por la jornada de las ocho horas y los derechos cívicos. Actualmente, es indispensable asegurar que las elecciones, sean imparciales, de libre acceso para las mujeres, no asumirlo como un mero requisito, coartando participación de mujeres con perfiles idóneos para dicho cargo; en ese sentido, respaldar a las organizaciones de la sociedad civil de mujeres, promoviendo sus intereses, al mismo tiempo, apoyar las mujeres líderes políticos a fin de ampliar su influencia.

Es preciso recordar, el Artículo 7 de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW, 1979), donde reitera la importancia de representación de las mujeres en el ámbito político de sus países, concatenado a la resolución aprobada por la Asamblea General en 2011, sobre participación política de las mujeres (A/RES/66/130), donde se reafirma “que la participación activa de la mujer, en pie de igualdad con el hombre, en todos los niveles de la adopción de decisiones, es indispensable para el logro de la igualdad, el desarrollo sostenible, la paz y la democracia”.

Ratificado en el Objetivo 5: Igualdad de Género, Agenda 2030 de las Naciones Unidas, por ende, la meta no sólo es otorgar créditos, sino producir un cambio radical en la autopercepción - valoración de las mujeres para mejorar la condición de protagonizar nuestro propio destino y del país. En suma de cuentas, aunque actualmente se comprenden y defienden mejor los derechos humanos de las mujeres, pero todavía es necesario que estos se vuelvan una realidad para todas las mujeres, sin discriminación, sin exclusión ni excepciones.

 

Msc. María Teresa Piñero Suárez

Activista – Defensora de DDHH

Feminista. Mujer de Paz (2020)