sábado, 1 de mayo de 2021

“El Derecho al trabajo: asunto pendiente para Mujeres”

La brecha laboral entre hombre y mujeres ha sido una constante desventaja añadida por discriminación de género, de hecho, a nivel mundial actualmente, las diferencias no ha tenido avances significativos en los últimos 20 años, de acuerdo, al informe de la Organización Internacional del Trabajo (OIT, 2019), donde proclaman el derecho y la justicia laboral, puntualizó que:

En los últimos cinco años, la diferencia entre las tasas de empleo de los hombres y las mujeres ha disminuido menos de un dos por ciento. En 2018, las mujeres tenían un 26% menos de posibilidad de trabajar que los hombres y siguen muy infrarrepresentadas en los puestos más altos. De media, las mujeres cobran un 20% menos que los hombres. Uno de los principales motivos de estas discrepancias sigue siendo la maternidad. Entre 2005 y 2015, aumentó un 38% el número de mujeres trabajadoras que no tienen hijos. (p.2)

En esta línea, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV, 1999), establece en el artículo 88 el ejercicio del derecho al trabajo, garantizando la igualdad y equidad entre mujeres y hombres, en concordancia, con una serie de instrumentos jurídicos como: Ley de Igualdad de Oportunidades para la Mujer (1999), Ley Orgánica del Sufragio de Participación Política (1998), Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente del Trabajo (LOPCYMAT, 2005), Ley Orgánica de Seguridad Social (2012), Ley Orgánica del Trabajo de las Trabajadoras y los Trabajadores (LOTTT, 2012), Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (2018), entre otras.

Sin embargo, Venezuela carece políticas públicas efectivas relacionadas con la visión de género, aunque existen instrumentos que facilitan la inclusión de las mujeres en el quehacer del país, no es suficiente para garantizar que las mujeres ejerzan sus derechos. Es necesario, resaltar que la crisis humanitaria compleja, aunado a la pandemia del Covid19, la mujer tiene alta prevalencia como jefa de hogar, sin recursos y escasos ingresos para afrontar la crisis, donde se decide buscar qué comer o quedarse en su casa, porque en su mayoría están adscritas a la administración pública, o en su defecto, ejercen la economía informal.

Inclusive, las mujeres venezolanas migrantes, la pandemia les ha afectado doblemente porque aquellos tipos de empleo a los cuáles han podido tener acceso, como: peluquería, restaurantes, ventas callejeras, trabajo domésticos, se han visto limitados. Vale acotar, que especialmente en Perú el 41% de las mujeres venezolanas migrantes, reciben un salario minino, por su trabajo. (Mujer y Ciudadanía, 2021).

En virtud de lo expuesto, la 1 meta de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de la #Agenda2030 (Naciones Unidas), nos indica “Erradicar la pobreza en todas sus formas en todo el mundo”. Sin lugar a dudas, es una corresponsabilidad de todos apoyar este grupo vulnerable desde el enfoque de género, dando una mirada analítica integral, donde se evidencia un elevado nivel de prevalencia: discriminación, xenofobia, estigmatización, exposición a la violencia sexual, tocamientos, violación sexual e intento de violación sexual.

Estas acciones han acrecentado el empobrecimiento material de las mujeres, empeoramiento sus condiciones de vida y vulneración de sus derechos fundamentales, estos van desde escasez de anticonceptivos e insumos para una higiene menstrual, hasta la prostitución forzada de mujeres y niñas quienes ejercen servicios sexuales a cambio de comida o artículo de uso personal.

En este día, nada que celebrar, sino honrar a las mujeres trabajadoras, especialmente a la Mujer Venezolana, algunas reconocidas en la historia del feminismo, aunque, el camino para erradicar las desigualdades entre géneros sigue siendo largo, es ahora cuando se necesitan acciones que nos lleven a un futuro igualitario sin estigma, estereotipos ni violencia. Porque el Derechos Laboral también es un asunto de mujeres.

 

María Teresa Piñero Suárez

Activista de DDHH, Constructora de Paz y Mujer de Paz 2020

CI. 10895239 /Telf. 0414 – 9521644